Si estás casado o en pareja con un ciudadano de la Unión Europea y quieres vivir con él o ella en España, probablemente vas a tramitar la tarjeta de familiar de ciudadano UE. Una de las dudas más frecuentes es el seguro médico: cuándo te lo piden, qué póliza sirve y si vale tu seguro de tu país. Te explicamos qué ruta te corresponde según la nacionalidad de tu familiar y qué cambió en 2025 para las parejas y familiares de españoles.
Dinos la nacionalidad y la situación de tu familiar en España, y quién necesita cobertura.
Pide tu cotizaciónHabla con nosotrosEsta pregunta decide todo lo demás. Desde el 20 de mayo de 2025, con el nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), hay dos caminos distintos:
| Tu familiar es… | Ruta | Norma |
|---|---|---|
| Ciudadano de otro país de la UE, del EEE o de Suiza (por ejemplo, italiano, portugués, francés o alemán) que vive en España | Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (la "tarjeta comunitaria") | Real Decreto 240/2007 |
| Español que vive en España y no ha ejercido la libre circulación en otro país de la UE | Autorización de residencia temporal de familiar de persona con nacionalidad española | Real Decreto 1155/2024, artículos 93 a 99 |
| Español que ha vivido y ejercido la libre circulación en otro país de la UE y vuelve con su familia | Sigue aplicándose el régimen comunitario | Real Decreto 240/2007 |
| Extranjero no comunitario con residencia en España (visa no lucrativa, nómada digital, trabajo…) | Reagrupación familiar | Real Decreto 1155/2024 |
Muchos latinoamericanos tienen pasaporte italiano, español o portugués por sus abuelos. Si tú mismo tienes la nacionalidad de un país de la UE, no necesitas esta tarjeta: te registras como ciudadano comunitario. Si es tu pareja quien tiene ese pasaporte, sigue leyendo.
Si tu familiar es ciudadano de otro país de la UE, el seguro médico depende de su situación en España:
La solicitud se presenta en España, normalmente en los tres meses siguientes a tu llegada, en la oficina de extranjería o en la comisaría que corresponda. La tarjeta suele tener una validez de cinco años.
Si tu pareja o tu familiar es español y no ha vivido en otro país de la UE, ya no tramitas la tarjeta comunitaria. Desde mayo de 2025 hay una autorización propia para familiares de españoles. Lo más importante:
La lista de requisitos específicos del reglamento para esta autorización (artículo 96) no incluye un mínimo de ingresos ni una línea de seguro médico. Aun así, algunas oficinas y algunos despachos siguen pidiendo o recomendando acreditar cobertura sanitaria, sobre todo si todavía no trabajas. Revisa siempre la lista de la oficina o del consulado que lleva tu caso.
En la práctica, un seguro privado sigue siendo útil para el periodo entre tu llegada y tu alta en la Seguridad Social, si vas a estar un tiempo sin trabajar o si quieres ir al especialista sin listas de espera.
Cuando eliges la cobertura privada, la póliza debería:
En esta ruta, las condiciones estrictas de las visas (sin copagos y sin carencias) a veces se aplican con menos rigor. Pero no hay una regla igual en todas las oficinas, y una póliza sin copagos ni carencias evita preguntas. Si quieres ir sobre seguro, pide esa versión. Te lo explicamos en seguro sin copago y seguro sin carencias.
Copago es lo que pagas cada vez que usas el seguro, parecido a un deducible o a un coaseguro por consulta. Carencia es un periodo de espera antes de que una cobertura empiece a funcionar.
Casi nunca. Una póliza de gastos médicos mayores en México, una medicina prepagada en Colombia, una prepaga u obra social en Argentina, una Isapre en Chile, una póliza HCM en Venezuela o una EPS en Perú están pensadas para atenderte en tu país. No son de una aseguradora autorizada en España y no dan la cobertura completa que esperan las oficinas españolas.
Tampoco sirve un seguro de viaje: es temporal y está pensado para urgencias.
Lo habitual es una póliza familiar con un certificado para cada persona asegurada, con su nombre y fecha de nacimiento tal como aparecen en el pasaporte. Los hijos suelen tener primas más bajas. En el caso de padres mayores, la prima sube con la edad y la aseguradora valora el historial médico, así que conviene empezar con tiempo. Más información en seguro médico para dependientes y seguro con preexistencias.
Si tu familiar no es comunitario sino residente extranjero, tu ruta es la reagrupación familiar. Para ver todas las vías, mira tipos de visado para vivir en España y los requisitos del seguro médico para la residencia.
Dinos la situación de tu familiar en España y quién necesita cobertura. Te preparamos un certificado para cada persona.
Cotiza el seguro para tu familiaHabla con nosotrosNo. La tarjeta comunitaria es para familiares de ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza. La reagrupación familiar es para familiares de extranjeros no comunitarios que ya residen en España.
Desde el 20 de mayo de 2025, normalmente no. Si tu pareja no ha ejercido la libre circulación en otro país de la UE, pides la autorización de residencia de familiar de persona con nacionalidad española. Dura cinco años y te permite trabajar.
Depende. Si tu familiar comunitario trabaja en España, normalmente no. Si no trabaja, tiene que acreditar un seguro de enfermedad que cubra a toda la familia en España, que puede ser público o privado. El seguro privado suele ser la vía más sencilla cuando no hay otra cobertura.
Normalmente no. Esas pólizas están pensadas para tu país y no son de una aseguradora autorizada en España. Tampoco sirve un seguro de viaje.
Sí. Lo habitual es una póliza familiar con un certificado para cada persona, con su nombre y fecha de nacimiento.
Para esta ruta a veces se aplica con menos rigor que en las visas, pero depende de la oficina. Una póliza sin copagos ni carencias evita problemas.
En el régimen comunitario, normalmente en los tres meses siguientes a tu entrada en España. La tarjeta suele tener una validez de cinco años.
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247 Expat Insurance es una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP, no un despacho de abogados de extranjería. La decisión sobre cada tarjeta, autorización o visado corresponde a la oficina de extranjería, al consulado o a la autoridad competente, y la aseguradora valora cada solicitud de seguro. La información de esta página es orientativa; para tu caso concreto, consulta a un abogado de extranjería o a un gestor.
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