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Ley Beckham para nómadas digitales: qué es y cómo funciona en 2026

La Ley Beckham es el nombre popular del Régimen Especial para Trabajadores Desplazados a Territorio Español. Desde la reforma de la Ley de Startups, el titular de la visa nómada digital que trabaja en remoto para una empresa no española puede pedir acogerse a ella. Permite tributar a un tipo fijo del 24 % sobre los rendimientos del trabajo de fuente española hasta 600.000 € al año, durante seis ejercicios, en lugar de la escala progresiva del IRPF. Es información general, no asesoramiento fiscal: antes de decidir, consulta con un asesor fiscal en España.

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Qué es la Ley Beckham

El régimen se creó en 2005 y debe su apodo a David Beckham, que lo usó al fichar por el Real Madrid. Su base legal está en el artículo 93 de la Ley 35/2006 del IRPF. Permite que quien se convierte en residente fiscal en España por haberse trasladado aquí tribute, para la mayoría de sus rentas, como si siguiera siendo no residente.

La Ley 28/2022 (Ley de Startups), en vigor desde enero de 2023, amplió el acceso. El periodo previo sin residencia fiscal en España bajó de diez a cinco años. Se incluyeron los autónomos que desarrollan actividades innovadoras o altamente cualificadas y los titulares de la visa nómada digital. Y los familiares (cónyuge e hijos dependientes menores de 25 años) pueden acogerse junto con el titular.

Dentro del régimen no hay escala: el primer euro y el euro 599.999 tributan igual, al 24 %.

24 % fijoSobre rendimientos del trabajo de fuente española hasta 600.000 € al año; 47 % por encima. La escala del IRPF puede llegar al 47 %
6 ejerciciosEl año en que pasas a ser residente y los cinco siguientes
6 mesesPlazo para presentar el Modelo 149 desde el alta en la Seguridad Social española o el inicio de la actividad
5 añosNo haber sido residente fiscal en España en ninguno de los cinco ejercicios anteriores

Ley Beckham y nómada digital: lo que tienes que saber

El régimen parece sencillo, un 24 % fijo durante seis años, pero lo importante está en quién puede entrar, en los plazos y en qué rentas quedan fuera.

Quién puede acogerse

Tienes que pasar a ser residente fiscal en España como consecuencia de tu traslado y no haberlo sido en ninguno de los cinco ejercicios anteriores. Además, tu actividad tiene que encajar en las categorías del régimen: contrato de trabajo (incluido el trabajo en remoto para un empleador extranjero), desplazamiento por un empleador extranjero, cargo de administrador en una sociedad española, ciertas actividades emprendedoras, trabajo como autónomo en actividades innovadoras o altamente cualificadas, o ser titular de la visa nómada digital y teletrabajar para un empleador no español.

24 % hasta 600.000 €

Los rendimientos del trabajo de fuente española tributan al 24 % hasta 600.000 € al año y al 47 % por encima, frente a la escala progresiva del IRPF, que puede llegar al 47 %.

Seis ejercicios

El año en que pasas a ser residente y los cinco siguientes. Después pasas automáticamente al IRPF ordinario. También puedes salir antes de forma voluntaria o perderlo si dejas de cumplir los requisitos.

Modelo 149 en seis meses

Lo presentas ante la Agencia Tributaria en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social española o al inicio de la actividad. Si se te pasa el plazo, no puedes acogerte en ese traslado. La declaración anual se hace con el Modelo 151, no con el Modelo 100 habitual.

Visa nómada digital: no es automático

Tener la visa te permite solicitar el régimen, pero no te incluye en él. Tienes que presentar el Modelo 149 a tiempo, y tu relación con el empleador tiene que encajar en el régimen. Si eres autónomo, comprueba con tu asesor si tu actividad entra en las categorías.

Qué queda fuera

Mientras estás en el régimen, las rentas de fuente extranjera distintas del trabajo quedan, en general, fuera de la tributación española: dividendos e intereses del extranjero, alquileres de inmuebles fuera de España y ganancias por la venta de activos no españoles. Tampoco tributas por el Impuesto sobre el Patrimonio por tus bienes fuera de España ni, actualmente, por el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas sobre esos bienes. Y no presentas el Modelo 720.

Visado y fiscalidad son dos trámites distintos

La visa te hace elegible para pedir el régimen. Lo demás depende de cómo cumplas sus requisitos.

Errores frecuentes con la Ley Beckham

La mayoría de los problemas no vienen del tipo, sino de los plazos y de lo que se da por supuesto.

  • Dejar pasar los seis meses. Si no presentas el Modelo 149 a tiempo, no puedes acogerte en ese traslado y tributas por el IRPF ordinario. Apunta la fecha desde que firmas el contrato.
  • Pensar que toda la renta extranjera está exenta. El sueldo de una empresa extranjera tributa al 24 %. La exención cubre rentas como dividendos, intereses, alquileres y ganancias de activos no españoles, y termina el día que sales del régimen.
  • No revisar acciones o pagos en acciones. Opciones sobre acciones, RSU y figuras similares necesitan un análisis cuidadoso de su origen. Haz revisar los acuerdos antes de firmar.
  • Olvidar el Modelo 720 al salir. En cuanto sales del régimen (automáticamente al terminar el sexto ejercicio, o antes si dejas de cumplir los requisitos) pasas a ser residente ordinario, tributas por tu renta mundial y vuelve la obligación de informar de bienes en el extranjero. Planifica la salida con un año de antelación.
  • Confundir las reglas del visado con las fiscales. La visa te hace elegible para pedir el régimen, nada más.
  • Mudarte sin asesoramiento fiscal español. Lo más caro es dejarlo para después de llegar. Habla con un gestor y con un asesor fiscal internacional antes de firmar el contrato.

Tu seguro médico con la visa nómada digital

La Ley Beckham ordena tu situación fiscal, no tu cobertura médica. Para la visa nómada digital tienes que acreditar cobertura sanitaria: según tu situación, puede venir de la Seguridad Social española, de un certificado de cobertura de tu país o de un seguro médico privado. Tu plan de gastos médicos mayores, tu medicina prepagada o tu seguro de Estados Unidos normalmente no sirven para el visado.

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Lo que quizá conoces como deducible o coaseguro. La póliza para el visado no puede tenerlo.

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Sin periodos de espera. Es lo que pide el visado si tu cobertura es privada.

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Preguntas frecuentes sobre la Ley Beckham para nómadas digitales

¿Qué es la Ley Beckham?
Es el nombre popular del Régimen Especial para Trabajadores Desplazados a Territorio Español, recogido en el artículo 93 de la Ley 35/2006 del IRPF. Quien se traslada a España y cumple los requisitos puede tributar al 24 % fijo sobre los rendimientos del trabajo de fuente española hasta 600.000 € (47 % por encima) durante seis ejercicios. Consulta con un asesor fiscal tu caso concreto.
¿Puede un titular de la visa nómada digital acogerse a la Ley Beckham?
Sí, desde la reforma de la Ley de Startups de 2023. Quien tiene la visa y trabaja en remoto para un empleador no español puede pedirlo presentando el Modelo 149 en el plazo de seis meses. La visa te hace elegible, pero no te incluye automáticamente.
¿Cuánto dura el régimen?
Seis ejercicios: el año en que pasas a ser residente y los cinco siguientes. Después pasas automáticamente al IRPF ordinario. También puedes salir antes de forma voluntaria o perderlo si dejas de cumplir los requisitos.
¿Qué es el Modelo 149 y cuándo se presenta?
Es el formulario para optar al régimen. Se presenta ante la Agencia Tributaria en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social española o al inicio de la actividad. Después, la declaración anual se hace con el Modelo 151.
¿Tributa en España mi sueldo de una empresa extranjera?
Sí. Mientras vives en España, el sueldo de una empresa extranjera se trata como renta de fuente española y tributa al 24 %. Lo que queda en general fuera son rentas como dividendos, intereses, alquileres y ganancias de activos no españoles.
¿Puede mi familia acogerse también?
Desde 2023, el cónyuge y los hijos dependientes menores de 25 años pueden acogerse junto con el titular, si cumplen las condiciones. Confírmalo con un asesor fiscal.
¿La Ley Beckham cambia el seguro médico que necesito para la visa?
No. El requisito de cobertura sanitaria de la visa nómada digital es independiente del régimen fiscal. Si usas un seguro privado, debe ser de una aseguradora autorizada en España, sin copagos ni carencias.

El seguro para tu visa, en orden

La Ley Beckham es solo una parte de la mudanza. El seguro médico del visado es otra.

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Esta página es informativa. No es asesoramiento fiscal ni jurídico: consulta siempre con un asesor fiscal antes de decidir. 247 Expat Insurance es una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP, no un asesor fiscal ni un despacho de abogados de extranjería. La decisión sobre cada visado corresponde al consulado o a la autoridad competente, la Agencia Tributaria decide sobre la aplicación del régimen, y la aseguradora valora cada solicitud de seguro. Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF (art. 93), Ley 28/2022 y Modelo 149 de la Agencia Tributaria. Inicio