Si una universidad, un centro de investigación o una empresa con I+D en España te ha ofrecido un puesto o un convenio de acogida, tu vía es la autorización de residencia para investigación de la Ley 14/2013. Uno de sus requisitos generales es el seguro médico, y ahí se retrasan muchos expedientes: el seguro del centro no siempre encaja. Esta guía es para posdocs, doctorandos con contrato, profesores visitantes e investigadores sénior que llegan desde América Latina, Estados Unidos o cualquier país de fuera de la UE.
Dinos tu centro de acogida, las fechas de tu convenio o contrato y quién viene contigo.
Cotiza tu seguro médicoHabla con nosotrosSi vienes a hacer un doctorado como estudiante, sin contrato ni convenio de investigación, tu vía puede ser la visa de estudiante.
Hay dos modalidades:
La solicitud se tramita ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), que tiene veinte días para resolver; si no contesta, se entiende concedida. La autorización dura tres años, o lo que dure el convenio o el contrato si es menos. Se puede renovar por dos años.
La ley pide un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una aseguradora autorizada para operar en España. Un detalle importante: si el centro de investigación está inscrito en la UGE, no tiene que acreditar tus recursos económicos ni pagar la tasa al presentar la solicitud, pero el seguro médico sigue siendo obligatorio. Ese requisito es tuyo.
Si llegas desde fuera de España, todavía no cotizas aquí. Lo normal es presentar un seguro médico privado español con:
Un seguro de viaje o el seguro de tu universidad de origen no sirven. Te lo explicamos en seguro de viaje o seguro médico.
A veces sí. Si el centro te contrata y te da de alta en la Seguridad Social, tienes sanidad pública desde ese momento. Algunos centros ofrecen además un seguro privado como parte del paquete. Antes de contar con él, comprueba:
Si no cumple, puedes cubrir el hueco con una póliza propia.
Tu cónyuge o pareja, tus hijos menores (o mayores a tu cargo) y tus ascendientes a cargo pueden acompañarte o reunirse contigo, a la vez o más tarde. Cada familiar tiene que cumplir los requisitos generales, incluido el seguro médico. Lo práctico es una póliza familiar con un certificado para cada persona.
Cuando termina tu actividad investigadora, puedes quedarte en España hasta doce meses para buscar un empleo relacionado con tu investigación o para emprender un proyecto. Tienes que comunicarlo a la UGE dentro de un plazo: desde 60 días antes hasta 90 días después del fin de la autorización. La UGE comprueba que tienes seguro de enfermedad y recursos suficientes.
Es decir: si tu cobertura venía del contrato con el centro, al acabar el contrato necesitas otro seguro. Planifícalo con tiempo. Si después montas tu empresa, mira la visa de emprendedor; si te contratan para un puesto cualificado, la de profesional altamente cualificado.
Algunos investigadores pueden acogerse al régimen de impatriados. Lo resumimos en Ley Beckham; consulta a un asesor fiscal con experiencia en traslados académicos.
Somos una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP y trabajamos con una aseguradora autorizada en España. Te ayudamos a elegir el plan y la cobertura para ti y tu familia, y te entregamos certificados con los datos exactos de cada persona. Si eres doctorando con matrícula, quizá te encaje el seguro médico de estudiante; te lo decimos según tu caso. Más vías en tipos de visado y en visa de prácticas. Vuelve al inicio.
Envíanos las fechas de tu convenio o contrato y los datos de quien viene contigo.
Pide tu cotización de seguro médicoHabla con nosotrosSí. La Ley 14/2013 pide un seguro público o un seguro privado de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España. Si llegas desde fuera, lo normal es un seguro privado español.
Sí. La inscripción exime al centro de acreditar tus recursos económicos y la tasa al presentar la solicitud, pero no el seguro médico.
Depende. Tiene que estar a tu nombre, empezar a tiempo y cumplir las condiciones habituales: aseguradora autorizada en España, cobertura completa, sin copagos ni carencias.
Tres años, o lo que dure el convenio o el contrato si es menos. Se puede renovar por dos años.
Puedes pedir quedarte hasta doce meses para buscar empleo o emprender. La UGE comprueba que tienes seguro de enfermedad y recursos, así que también necesitas cobertura en ese periodo.
Sí. Cada familiar tiene que cumplir los requisitos generales, incluido el seguro médico, con un certificado a su nombre.
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247 Expat Insurance es una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP, no un despacho de abogados de extranjería. No tramitamos autorizaciones de investigación: te ayudamos solo con el seguro médico. La decisión corresponde a la UGE, al consulado o a la autoridad competente, y la aseguradora valora cada solicitud de seguro. La información de esta página es orientativa y las normas pueden cambiar; consulta a la oficina internacional de tu centro o a un abogado de extranjería.
De lunes a viernes, de 09:00 a 20:00 (hora peninsular). Teléfono España +34 868 290 730 · WhatsApp +34 613 26 88 98.
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