Visa de emprendedor

Seguro médico para la visa de emprendedor en España

Si quieres crear en España una empresa innovadora, tu vía es la residencia para emprendedores de la Ley 14/2013, la llamada Ley de Emprendedores. Entre sus requisitos generales hay uno que mucha gente deja para el final: el seguro médico. Sin él, el expediente no está completo. Aquí ves qué pide la ley, cómo encaja el seguro con el resto del trámite y cómo cubrir también a tu familia.

Seguro médico para tu visa de emprendedor

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¿Qué es la visa de emprendedor en España?

Es una autorización de residencia para personas de fuera de la UE que van a iniciar, desarrollar o dirigir en España una actividad empresarial innovadora o de especial interés económico para el país. No es lo mismo que la autorización de trabajo por cuenta propia (autónomo), que se tramita en la oficina de extranjería con otros requisitos.

Lo que distingue esta vía es el informe de ENISA, la entidad pública que evalúa el proyecto. Para valorarlo se fija en:

  • Tu perfil profesional y tu implicación en el proyecto (y la de cada socio, si hay varios).
  • El plan de negocio: el producto o servicio, la inversión necesaria y cómo se financia.
  • El valor añadido para la economía española, la innovación o las oportunidades de inversión.

Cómo se tramita: UGE, ENISA y consulado

  1. Presentas la solicitud por vía electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), tú o un representante.
  2. La UGE pide el informe a ENISA, que tiene diez días hábiles para emitirlo.
  3. La UGE tiene veinte días para resolver. Si no responde en ese plazo, la autorización se entiende concedida.
  4. Si estás fuera de España, pides la autorización y el visado en una sola solicitud. Con la autorización concedida, el consulado resuelve el visado, en principio en diez días hábiles.

La autorización vale para toda España durante tres años. Después puedes renovarla por dos años y, a los cinco, optar a la residencia de larga duración.

Requisitos generales, incluido el seguro médico

Además del informe favorable de ENISA, la ley pide lo mismo a todas las vías de la Ley 14/2013:

  • No estar en situación irregular en España.
  • Ser mayor de 18 años.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde has vivido los dos últimos años, y firmar una declaración responsable sobre los últimos cinco años.
  • No figurar como rechazable en el espacio Schengen.
  • Tener un seguro público o un seguro privado de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España.
  • Tener recursos económicos suficientes para ti y tu familia.
  • Pagar la tasa.

Cuando presentas la solicitud todavía no cotizas en España. Por eso lo normal es acreditar este punto con un seguro médico privado español.

Qué seguro médico presentar con tu visa de emprendedor

La ley habla de un "seguro privado de enfermedad" con una aseguradora autorizada para operar en España. Para no tener problemas con el expediente, lo más seguro es una póliza que cumpla lo que se suele exigir en los visados de residencia:

  • Aseguradora autorizada en España, inscrita en el registro de la DGSFP.
  • Cobertura completa, comparable a la sanidad pública: médico de cabecera, especialistas, pruebas, hospitalización y urgencias.
  • Sin copagos: no pagas nada extra en cada consulta (en tu país quizá lo llamas deducible o coaseguro).
  • Sin carencias: sin periodos de espera, con cobertura desde el primer día.
  • Fechas claras que cubran el periodo de la solicitud, con el pago acreditado.

Un seguro de viaje no sirve: es de corta duración y solo cubre urgencias. Tampoco sirve tu seguro local (gastos médicos mayores, medicina prepagada, prepaga, Isapre, póliza HCM o EPS). Te lo explicamos en seguro de viaje o seguro médico.

Tu familia en la visa de emprendedor

Pueden acompañarte o reunirse contigo tu cónyuge o pareja, tus hijos menores (o mayores que dependan de ti y no hayan formado su propia familia) y tus ascendientes a cargo. Pueden pedirlo a la vez que tú o más tarde. Si lo piden contigo, se resuelve a la vez.

Cada familiar tiene que cumplir los mismos requisitos generales, incluido el seguro médico. Lo práctico es una póliza familiar con un certificado a nombre de cada persona y su fecha de nacimiento tal como aparece en el pasaporte.

Cuando la empresa ya está en marcha

Cuando empiezas la actividad y te das de alta en el régimen de la Seguridad Social que te corresponda, normalmente accedes a la sanidad pública. Muchos emprendedores mantienen el seguro privado para ir al especialista sin esperas y elegir médico. En la renovación tendrás que seguir cumpliendo los requisitos, así que no dejes ningún hueco sin cobertura.

Sobre impuestos: según tu caso, quizá puedas acogerte al régimen de impatriados. Lo resumimos en Ley Beckham; consulta siempre a un asesor fiscal.

¿Emprendedor, autónomo o nómada digital?

  • Emprendedor (Ley 14/2013): proyecto innovador con informe de ENISA, tramitado en la UGE.
  • Trabajo por cuenta propia: abrir un negocio o trabajar como autónomo, tramitado en la oficina de extranjería.
  • Nómada digital: trabajas a distancia para empresas o clientes de fuera de España. Mira la visa de nómada digital.

Todas las vías están resumidas en tipos de visado para vivir en España.

Errores comunes

  • Pensar que el informe favorable de ENISA sustituye a los demás requisitos.
  • Presentar un seguro de viaje.
  • Elegir una póliza con copagos o carencias.
  • Poner en la póliza unas fechas que no encajan con tu llegada. Mira cuándo debe empezar el seguro.
  • Olvidar el seguro de los familiares.

Cómo te ayudamos

Somos una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP y trabajamos con una aseguradora autorizada en España. Te ayudamos a elegir el plan y la cobertura para ti y tu familia, y te entregamos un certificado con los datos de cada persona. Si tienes una enfermedad previa, dínoslo desde el principio: la aseguradora valora cada caso. Más información en seguro médico con preexistencias.

¿Vas a trabajar para una empresa en vez de crear la tuya? Mira visa de trabajo o profesional altamente cualificado. Vuelve al inicio.

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Preguntas frecuentes sobre el seguro y la visa de emprendedor

¿La visa de emprendedor exige seguro médico?

Sí. La Ley 14/2013 pide un seguro público o un seguro privado de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España. Cuando presentas la solicitud todavía no cotizas en España, así que lo habitual es un seguro privado español.

¿Qué es el informe de ENISA?

Es el informe obligatorio que valora si tu proyecto es innovador o de especial interés económico para España. Lo pide de oficio la UGE, y ENISA tiene diez días hábiles para emitirlo.

¿Cuánto tarda la autorización de emprendedor?

La UGE tiene veinte días para resolver; si no contesta, se entiende concedida. Si estás fuera de España, después el consulado resuelve el visado, en principio en diez días hábiles.

¿Es lo mismo que la autorización de autónomo?

No. La vía de emprendedor es para proyectos innovadores con informe de ENISA y se tramita en la UGE. La de trabajo por cuenta propia se tramita en la oficina de extranjería, con otros requisitos.

¿Mis familiares necesitan su propio seguro?

Sí. Cada familiar tiene que cumplir los requisitos generales, incluido el seguro médico. Lo práctico es una póliza familiar con un certificado para cada persona.

¿Cuánto dura la residencia de emprendedor?

Tres años, renovables por dos. A los cinco años puedes optar a la residencia de larga duración si cumples los requisitos.

Teléfono España +34 868 290 730 · WhatsApp +34 613 26 88 98 · info@247expatinsurance.com · L–V, 09:00–20:00 (hora peninsular)

247 Expat Insurance es una agencia de seguros exclusiva registrada en la DGSFP, no un despacho de abogados de extranjería. No tramitamos la autorización de emprendedor ni el informe de ENISA: te ayudamos solo con el seguro médico. La decisión corresponde a la UGE, al consulado o a la autoridad competente, y la aseguradora valora cada solicitud de seguro. La información de esta página es orientativa y las normas pueden cambiar; consulta a un abogado de extranjería para tu caso.

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